Tomado de: www.redsemlac-cuba.net
Por: Lisandra Fariñas
Foto: SEMlac Cuba
Amparado por el silencio, el acoso laboral ha estado presente en la cotidianidad cubana durante años, aunque solo recientemente se ha incorporado al marco jurídico del país.
“Cuba ha llegado un poco tarde a lo que pudiéramos llamar una revolución en los ordenamientos laborales de muchos países, pero lo cierto es que ha dado un importante paso”, valoró a SEMlac el jurista Reynaldo Lam Peña, profesor auxiliar de la Facultad de Derecho en la Universidad de La Habana.
Con la entrada en vigor del Decreto 96 “Protocolo de actuación ante situaciones de discriminación y de acoso en el ámbito laboral”, el 28 de septiembre de 2023, se tipifica y penaliza este fenómeno, aunque todavía queda mucho que hacer frente a un asunto con consecuencias profesionales, psicológicas y familiares.
Aunque poco se hablaba del asunto, el fenómeno ha estado presente por años, como confirma la historia de Laritza, quien vivió una desagradable experiencia mucho tiempo atrás.
“Trabajaba en una empresa que quedaba muy distante de mi zona de residencia; por lo que, cuando mi jefe se ofreció a ayudarme con el transporte, lo acepté. Yo lo esperaba al terminar la jornada, pero fui notando que cada vez él salía más tarde, hasta que un día se demoró más que nunca”, relató a SEMlac.
En esa ocasión, el acoso se hizo evidente, pues al confesar un interés sexual en la trabajadora y esta rechazarlo, el jefe le dijo tajante que, a partir de ese momento, no podría ocupar más la plaza de especialista principal de su departamento; además, dejaría de ayudarla con la transportación y la amenazó con obstaculizarle otras oportunidades laborales.
Para Laritza fue uno de los instantes más amargos de su vida laboral. No solo por lo desagradable de la vivencia sino porque, a pesar de hacer la denuncia, “no hubo una respuesta valiente de los compañeros de trabajo, que guardaron silencio o actuaron con indiferencia”, lo que la motivó a abandonar su puesto.
Eliminar el silencio
La historia de esta mujer ni siquiera fue la primera en ese centro laboral, donde al hablar con sus colegas sobre lo ocurrido descubrió que otras, antes que ella, habían pasado por lo mismo, solo que decidieron callar.
“Cuba no es especial ni ha estado ajena a estas manifestaciones”, afirma Lam Peña, quien alertó sobre las relaciones de poder presentes en los vínculos laborales, donde el empleador tiene más facultades. Esa desigualdad ha sido siempre un terreno fértil para el acoso, precisa.
El acoso laboral se caracteriza por el uso abusivo del poder, cualquiera que este sea, pues no necesariamente ocurre de quienes están en un puesto laboral de mayor relevancia hacia otros de menor jerarquía. El objetivo final es doblegar a las personas, lo cual muchas veces se traduce en el abandono del puesto de trabajo.
Fue esto último lo que terminó ocurriendo con Susana, que a solo unos meses de haber comenzado su labor en el sector del turismo, en una empresa mixta cubana-española, salió embarazada. “Un embarazo que había aplazado durante tiempo y ahora que mi trabajo me permitía una mejor situación financiera, decidí llevar adelante”, contó a SEMlac.
“Cuando le comenté al director español, su primera reacción fue ponerme mala cara”, dijo.
Debido a la pandemia de covid-19, Susana pasó la mayor parte de su embarazo en casa, protegida de exponerse al contagio, una medida que se adoptó en todo el país. Después de un año, regresó al trabajo, pero empezó a sentirse presionada con la recogida de su hijo en la guardería.
Aunque su jefe inmediato y el de recursos humanos le aprobaron un horario flexible, con salida media hora antes, el director buscaba la forma de expulsarla.
“No podía señalarme por un mal trabajo, pero se hizo insoportable la presión. Terminé yéndome de ese empleo”, rememoró.
De acuerdo con Lam Peña, “las mujeres son más propensas a vivir manifestaciones de acoso, producto del tipo de sociedad (machista y patriarcal) en que vivimos”, sostuvo el jurista y remarcó que hay muchas cuestiones que se han naturalizado, como el jefe o jefa que grita y ofende, o que llama a todas horas.
Agregó que la inexistencia en Cuba, por mucho tiempo, de una norma sobre el asunto, hizo que no hubiese un cuerpo legal para poner freno a estas manifestaciones. Cuba tampoco es signatario del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo, que aborda el problema.
El Decreto 96 cambia el escenario y por primera vez crea un concepto de lo que puede ser acoso en el trabajo, remarcó.
Sin embargo, a juicio del jurista la legislación tiene omisiones significativas, como la limitación del acoso a actos repetitivos o deliberados, cuando el citado Convenio reconoce que una sola acción puede constituir acoso, si causa un riesgo a los derechos, afecta la dignidad o desestabiliza físicamente a la víctima.
“Otro elemento clave es establecer una protección especial a quien denuncia que es víctima de acoso”, refirió el profesor de la Universidad de La Habana. “En el Derecho del Trabajo existe una institución que se llama garantía de indemnidad: esto quiere decir que, cuando un trabajador denuncia o reclama a los empleadores, estos no pueden tomar represalias. Este un punto flaco en la normativa cubana”.
Puede ocurrir que, tras la investigación de una denuncia, la conclusión sea que no hubo acoso, pues estos suelen ser hechos muy difíciles de probar y hay que saber cómo trabajarlos, precisó. Pero, independientemente del resultado, la víctima no debe verse perjudicada y, en ocasiones, ocurre que luego es despedida, explicó.
Esta protección resulta además vital para que las víctimas se sientan alentadas a denunciar. La psicóloga Isachi Peña Pino, profesora de la Facultad de Psicología de la Universidad de La Habana, explicó a SEMlac que el acoso puede tener un impacto negativo en la vida profesional y personal.
“Existe un bajo rendimiento en el trabajo, falta de creatividad, comienzan a darse fenómenos como el ausentismo, el distanciamiento o el aislamiento, este último motivado por estigmatizaciones que hace el colectivo”, describió la especialista.
Como muchos acosadores están en una posición de poder que puede “normalizar” esas situaciones, en ocasiones los compañeros de trabajo no creen o no confían cuando hay una denuncia, agregó la especialista. A ello se suma que los hechos suelen ocurrir en secreto, sin muestras físicas ni testigos, lo que pone a la víctima en una situación de indefensión aún mayor.
Lam Peña también identificó, como falla de las normas laborales en Cuba, haber creado distinciones, erradamente, entre el sector privado y el estatal, lo cual va en detrimento de la protección de los derechos laborales.
Por ejemplo, aunque el Decreto 96 contempla la obligatoriedad de su aplicación en ambos escenarios, obliga al empleador del sector estatal a crear un protocolo contra la violencia y el acoso, pero no establece lo mismo para el privado, donde también es preciso prevenir y erradicar este problema; además de que los procedimientos de investigación y denuncia no tienen la misma fuerza, opinó.
La vivencia de Sonia ratifica las palabras del experto. Su primera experiencia en el sector privado fue sin contrato ni definición básica de horarios de trabajo y descanso, remuneración ni vacaciones.
En general no se reconocían los derechos de los trabajadores, comentó y rememoró que, incluso, el trato hacia las mujeres era despectivo y resultaron notables las diferencias con respecto a la manera de tratar a los hombres que allí laboraban.
El reto de educar
Aunque con varios puntos por mejorar, el Decreto 96 no solo llenó un vacío jurídico en el país, sino que es una valiosa contribución a la visibilización de este tipo de violencia y a la creación de condiciones reales para su denuncia y penalización, coinciden expertos.
El reto ahora es su aplicación, más allá de la formalidad de elaborar un protocolo interno, y educar para aprender a reconocer estas prácticas, sin naturalizarlas.
“Uno de los desafíos actuales es que el Ministerio de Trabajo y la inspección del trabajo tomen el rol que les corresponde en fiscalizar el cumplimiento de esta normativa”, dijo Lam Peña, quien lamentó que la inspección del trabajo sea un asunto pendiente en la nación caribeña.
Consideró imprescindible, además, capacitar a las personas vinculadas a la aplicación del decreto, como los órganos de inspección y los de justicia laboral a todos los niveles, pues llamó la atención sobre lo delicados que suelen ser los procesos investigativos asociados a las denuncias de este tipo, que demandan una sensibilidad y minuciosidad especiales, para desentrañar las verdades ocultas.
El acoso laboral puede ocasionar en la víctima baja autoestima, ansiedad, fatiga, falta de concentración, trastornos del sueño, ataques de pánico o depresión, incluso puede llegarse al intento de suicidio, como secuela de las amenazas, humillaciones y violencias que esto supone, explicó la psicóloga Peña Pino.
La norma jurídica es un paso importante en el camino para evitar este fenómeno y erradicarlo, pero se necesita mucho más para crear entornos laborales seguros, libres de discriminación y acoso, consideró.